Guía práctica para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el lugar de trabajo en el sector privado y público
» ¿Que es el acoso sexual en el ámbito laboral?
El hostigamiento o acoso sexual es una forma específica de violencia de
género y una de las manifestaciones más usuales de las relaciones de poder
en el ámbito laboral; al ser una violación de los derechos fundamentales
de las trabajadoras y los trabajadores, y un problema de seguridad y salud
en el trabajo, se convierte en una situación laboral intolerable.
Esta terrible situación se encuentra relacionada con la igualdad
de oportunidades en el empleo y la ocupación1
, y representa una
manifestación de la discriminación hacia la mujer, género en el que los
índices de hostigamiento o acoso sexual son más altos.
Las estadísticas del Servicio de Defensa y Asesoría Legal del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo señalan que en el 2015 se atendieron
235 consultas sobre hostigamiento sexual, la cifra más alta consignada
respecto de los últimos cinco años; en paralelo, los registros de consultas
telefónicas asistidas en la Línea 100 del Programa Nacional contra la
Violencia Familiar y Sexual, durante el 2014, 2015 y 2016, reportaron un
total de 40 casos de personas afectadas por hostigamiento sexual en el
lugar de trabajo.
HOSTIGAMIENTO SEXUAL NUNCA MÁS
» Objetivos:
1. Difundir entre empleadores/as, trabajadores/as, organizaciones
sindicales, incluyendo funcionarios/as y servidores/as civiles, los
alcances e importancia de la normativa sobre la prevención y sanción
del hostigamiento sexual en el lugar de trabajo.
2. Establecer pautas para identificar, prevenir y sancionar
eficazmente el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo en el sector
público y privado, facilitando con ello el cumplimiento de la normativa
sobre la materia.
» ¿Quiénes pueden utilizarla esta guía?
1. Empleadores/as, independientemente del sector, de la actividad o del
número de trabajadores/as con que cuente la unidad productiva.
2. Trabajadores/as y sus organizaciones sindicales.
3. Funcionarios/as y servidores/as civiles
» Tipos de HOSTIGAMIENTO O ACOSO SEXUAL, su clasificación.
a).- Chantaje sexual/hostigamiento sexual típico:
Cuando un/a empleador/a condiciona el otorgamiento o mantenimiento
de ciertos beneficios laborales a la entrega de favores sexuales de un/a
trabajador/a, o cuando se le sanciona por negarse a entregarlos, se trata
de chantaje sexual.
b).- Acoso ambiental/hostigamiento sexual por ambiente
hostil de trabajo:
Se produce cuando en el lugar de trabajo se verifican conductas físicas
o verbales de carácter sexual que puedan crear un clima de intimidación,
humillación u hostilidad que afecte las labores de una persona.
» ¿Cómo evitarlo?
Los artículos 63 y 64 del reglamento de la Ley N.° 27942 (aprobado por
Decreto Supremo N.° 010-2003-MIMDES) destacan la importancia de la
prevención del hostigamiento sexual como una política permanente de los
lugares de trabajo, tanto públicos como privados, el rol de las oficinas de
Recursos Humanos y las acciones de prevención y difusión.
» Medidas de prevención y difusión:
La Oficina de Recursos Humanos de cada institución o la que haga sus
veces es el órgano responsable de las acciones de prevención y difusión,
motivo por el cual tienen a su cargo la adopción de las siguientes medidas:
a) Comunicar a todo el personal de la institución y aquellas
personas que se incorporen a estas, sobre la existencia
de una política de prevención y sanción del hostigamiento
sexual, brindando información completa, asequible y
comprensible.
b) Realizar campañas de detección, prevención y difusión del
hostigamiento sexual dentro de la institución, tales como
encuestas de opinión, buzón de sugerencias, entre otras.
c) Colocar en lugares visibles de la institución información
sobre el procedimiento para denunciar y sancionar el
hostigamiento sexual.
d) Llevar a cabo talleres de capacitación y módulos itinerantes
que promuevan la toma de conciencia y los cambios en
los patrones socioculturales que toleren o legitimen el
hostigamiento sexual.
e) Coordinar con las entidades gubernamentales y no
gubernamentales sobre acciones afirmativas a adoptar
con relación a la prevención de la violencia de género y del
hostigamiento sexual.
» Consultas: En caso tenga duda o consulta puede contactarse con la institución al teléfono 0800 16 872 opción 5
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