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By:   formate.pe   

Feb 27, 2018

  

GUIA

Guía práctica para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el lugar de trabajo en el sector privado y público

» ¿Que es el acoso sexual en el ámbito laboral?
El hostigamiento o acoso sexual es una forma específica de violencia de género y una de las manifestaciones más usuales de las relaciones de poder en el ámbito laboral; al ser una violación de los derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores, y un problema de seguridad y salud en el trabajo, se convierte en una situación laboral intolerable.

Esta terrible situación se encuentra relacionada con la igualdad de oportunidades en el empleo y la ocupación1 , y representa una manifestación de la discriminación hacia la mujer, género en el que los índices de hostigamiento o acoso sexual son más altos.

Las estadísticas del Servicio de Defensa y Asesoría Legal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo señalan que en el 2015 se atendieron 235 consultas sobre hostigamiento sexual, la cifra más alta consignada respecto de los últimos cinco años; en paralelo, los registros de consultas telefónicas asistidas en la Línea 100 del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, durante el 2014, 2015 y 2016, reportaron un total de 40 casos de personas afectadas por hostigamiento sexual en el lugar de trabajo.


HOSTIGAMIENTO SEXUAL NUNCA MÁS

» Objetivos:
1. Difundir entre empleadores/as, trabajadores/as, organizaciones sindicales, incluyendo funcionarios/as y servidores/as civiles, los alcances e importancia de la normativa sobre la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el lugar de trabajo.

2. Establecer pautas para identificar, prevenir y sancionar eficazmente el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo en el sector público y privado, facilitando con ello el cumplimiento de la normativa sobre la materia.

» ¿Quiénes pueden utilizarla esta guía?
1. Empleadores/as, independientemente del sector, de la actividad o del número de trabajadores/as con que cuente la unidad productiva.

2. Trabajadores/as y sus organizaciones sindicales.

3. Funcionarios/as y servidores/as civiles


» Tipos de HOSTIGAMIENTO O ACOSO SEXUAL, su clasificación.
a).- Chantaje sexual/hostigamiento sexual típico: Cuando un/a empleador/a condiciona el otorgamiento o mantenimiento de ciertos beneficios laborales a la entrega de favores sexuales de un/a trabajador/a, o cuando se le sanciona por negarse a entregarlos, se trata de chantaje sexual.

b).- Acoso ambiental/hostigamiento sexual por ambiente hostil de trabajo: Se produce cuando en el lugar de trabajo se verifican conductas físicas o verbales de carácter sexual que puedan crear un clima de intimidación, humillación u hostilidad que afecte las labores de una persona.

» ¿Cómo evitarlo?
Los artículos 63 y 64 del reglamento de la Ley N.° 27942 (aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2003-MIMDES) destacan la importancia de la prevención del hostigamiento sexual como una política permanente de los lugares de trabajo, tanto públicos como privados, el rol de las oficinas de Recursos Humanos y las acciones de prevención y difusión.

» Medidas de prevención y difusión:
La Oficina de Recursos Humanos de cada institución o la que haga sus veces es el órgano responsable de las acciones de prevención y difusión, motivo por el cual tienen a su cargo la adopción de las siguientes medidas:
a) Comunicar a todo el personal de la institución y aquellas personas que se incorporen a estas, sobre la existencia de una política de prevención y sanción del hostigamiento sexual, brindando información completa, asequible y comprensible.
b) Realizar campañas de detección, prevención y difusión del hostigamiento sexual dentro de la institución, tales como encuestas de opinión, buzón de sugerencias, entre otras.
c) Colocar en lugares visibles de la institución información sobre el procedimiento para denunciar y sancionar el hostigamiento sexual.
d) Llevar a cabo talleres de capacitación y módulos itinerantes que promuevan la toma de conciencia y los cambios en los patrones socioculturales que toleren o legitimen el hostigamiento sexual.
e) Coordinar con las entidades gubernamentales y no gubernamentales sobre acciones afirmativas a adoptar con relación a la prevención de la violencia de género y del hostigamiento sexual.

» Consultas: En caso tenga duda o consulta puede contactarse con la institución al teléfono 0800 16 872 opción 5

Descargue AQUÍ la guía práctica para la prevención y sanción del hostigamiento sexual laboral
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