La Beca Permanencia es un programa del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), dependiente del Ministerio de Educación del Perú. Su objetivo principal es garantizar la permanencia y culminación de los estudios superiores de estudiantes de universidades públicas que se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema y que cuenten con un buen rendimiento académico.
Objetivo: La beca busca reducir la deserción universitaria, ofreciendo apoyo económico y acompañamiento integral a estudiantes que, a pesar de su capacidad académica, enfrentan barreras económicas para continuar con su formación profesional.
La Beca Permanencia está dirigida a:
Los requisitos para postular a la Beca Permanencia 2025, son:
Si el postulante cumple con los requisitos antes mencionados debe seguir los pasos de postulación y registrarse del 3 al 22 de octubre de 2025 (hasta las 23:59 horas).
La fase de postulación para la selección, se inicia de acuerdo con el cronograma señalado en las Bases del concurso y se realiza de forma virtual
El/la postulante debe crear una cuenta ingresando su número de Documento Nacional de Identidad (DNI), el cual será su usuario, correo electrónico personal, datos de contacto y clave de acceso. Se enviará una notificación al correo electrónico indicado por el/la Postulante o su representante para la verificación de la cuenta. El usuario y la clave de acceso habilita a el/la postulante a firmar electrónicamente los documentos que conforman el expediente virtual y acceder al buzón electrónico del SIBEC, donde recibirá todas las comunicaciones del concurso. El/la Postulante se hace responsable de revisar periódicamente el buzón electrónico del SIBEC durante la vigencia del concurso.
Si el/la postulante es menor de edad, durante su postulación debe registrar sus datos personales y además, los siguientes datos personales de su representante (padre, madre o apoderado): el número del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte o Carné de Extranjería, correo electrónico y teléfono celular; para que se asigne al representante un código de firma que lo habilite para firmar electrónicamente los documentos que conformen el expediente virtual de postulación, en representación del menor. Este código de firma es notificado al correo electrónico del representante. Si el representante es una persona distinta al padre o la madre, se debe cargar en el Módulo de Postulación el Anexo 01: Carta Poder para nombrar apoderado.
Cuando el/la postulante concluye el registro de la información requerida y la carga de los documentos solicitados, el Módulo de Postulación muestra el expediente virtual completo a fin de que el/la postulante valide su postulación mediante firma electrónica generada por el Módulo. En el caso del menor de edad, la firma electrónica y el envío del expediente virtual son realizados por su representante a través del código de firma asignado.
El expediente virtual completo y firmado electrónicamente genera el estado de “Registro Completo” de la postulación. Este expediente es enviado al buzón electrónico del SIBEC del/de la postulante como cargo de recepción de su postulación, así como al correo electrónico personal de su representante (cuando corresponda).
El/la Postulante debe cumplir con las formalidades requeridas en cada declaración jurada, formato y anexo que se establezca en las presentes Bases. El/ la Postulante debe verificar si el anexo solicitado requiere ser descargado y llevar firma manuscrita para su validez, en atención al contenido y naturaleza del documento, el cual será verificado durante la Fase de Subsanación y Validación, de no contar con las formalidades requeridas en éste, el documento será inválido.
El/la postulante que no cumpla con cargar digitalmente uno o más de los documentos de carácter obligatorio o carguen documentos ilegibles o con enmendaduras o incompletos o distintos a los exigidos en la presentes Bases, son declarados “NO APTO/A” en la Fase de Validación y Subsanación para la Selección.
El/la postulante puede revertir su postulación hasta diez (10) días calendario antes de la culminación de la Fase de Postulación para la Selección para la Selección según cronograma, ello significa que regresará al estado “En Proceso de Registro”. Superada esta fecha no se podrán realizar cambios en el expediente de postulación.
Los resultados son aprobados por Resolución Jefatural de la Oficina de Gestión de Becas, la cual es publicada en el Portal Electrónico Institucional: www.gob.pe/pronabec. Además, todos los postulantes reciben en su buzón electrónico del Sibec la notificación de la Resolución y el resultado de selección y asignación de becas.
No son requisitos para postular, pero te brindan puntos adicionales